29 noviembre, 2006

Prestación por Antiguedad

Para entender las Prestaciones por Antigûedad hay que hacerse una serie de preguntas como son:




¿Qué son las prestaciones de antigüedad?

Es una indemnización consagrada como derecho adquirido del trabajador a recibir una cantidad de dinero al terminar la relación de trabajo con un patrono.


¿En dónde y con qué frecuencia debe el patrono depositar las prestaciones de antigüedad de sus trabajadores?

La prestación de antigüedad, atendiendo a la voluntad del trabajador, requerida previamente por escrito, se depositará y liquidará mensualmente, en forma definitiva, en un fideicomiso individual o en un Fondo de Prestaciones de Antigüedad o se acreditará mensualmente a su nombre,
también en forma definitiva, en la contabilidad de la empresa.


¿Cuándo comienza el patrono a depositar en el Fideicomiso de Prestaciones de Antigüedad?


Desde el tercer mes ininterrumpido de servicio, el trabajador tendrá derecho a una prestación de antigüedad que el patrono depositará en un Fideicomiso de Prestaciones de Antigüedad, administrado por una empresa de seguros o en una institución financiera que el patrono seleccionará.


¿Cuánto debe depositar el patrono en el Fideicomiso?


Los patronos deben depositar el equivalente a cinco (5) días de salario por cada mes para los trabajadores que tengan más de tres (3) meses y menos de un (1) año. Después del primer año, o fracción superior a seis (6) meses, el patrono pagará adicionalmente dos (2) días de salario por cada año, acumulativo hasta treinta (30) días de salario.

¿Qué rentabilidad tendrán los Fideicomisos de Prestaciones de Antigüedad?

Lo depositado o acreditado mensualmente devengará intereses de la siguiente manera:

* Al rendimiento que produzcan los fideicomisos.
* A la tasa activa determinada por el BCV, si el trabajador hubiese requerido que los depósitos se efectuasen en un fideicomiso y el patrono no cumpliera con lo solicitado.
* Al promedio de las tasas activa y pasiva determinadas por el BCV, si fuera en la contabilidad de la empresa.


¿Cuándo retira el trabajador los intereses que producen los Fideicomisos?


Anualmente se informará al trabajador sobre el monto de capital y los intereses. Asimismo, se entregará anualmente al trabajador los intereses generados por su prestación de antigüedad acumulada. El trabajador, mediante manifestación por escrito, podrá capitalizar los intereses.


¿Se encuentran exentos al Impuesto sobre la Renta los intereses?

Sí, los intereses acreditados o depositados mensualmente en los Fideicomisos de Prestaciones de Antigüedad están exentos del pago del Impuesto sobre la Renta.


¿Cuándo puede retirar un trabajador los fondos depositados en los Fideicomisos?

El trabajador recibirá el monto total depositado y sus intereses en los fideicomisos cuando termine la relación de trabajo con el patrono que hace los aportes al fideicomiso. Sin embargo, el trabajador tendrá derecho a recibir anticipos de hasta un 75% de lo depositado para satisfacer lo siguiente:

* La construcción, adquisición, mejora o reparación de vivienda para él y su familia;
* La liberación de hipoteca o de cualquier otro gravamen sobre vivienda de su propiedad;
* Las pensiones escolares para él, su cónyuge, hijos o con quien haga vida marital y
* Los gastos por atención médica y hospitalaria de las personas indicadas en el literal anterior.
* Si la prestación de antigüedad estuviere depositada en un Fondo de Prestaciones de Antigüedad, el trabajador podrá garantizar con ese capital las obligaciones contraídas para los fines antes previstos.








Bibliografía:

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Participación en los Beneficios


Es importante que nos basemos en las disposiciones legales que están establecidas en la Ley Orgánica del Trabajo en el Capítulo III en sus artículos del 174 al 184, donde se establece como punto principal que:
"Las empresas deberán distribuir entre todos sus trabajadores por lo menos el quince por ciento (15%) de los beneficios líquidos que hubieren obtenido al fin de su ejercicio anual. A este fin, se entenderá por beneficios líquidos la suma de los enriquecimientos netos gravables y de los exonerados conforme a la Ley de Impuesto Sobre la Renta" Artículo 174

El respectivo pago del Beneficio debe de hacerse en los primeros 15 días del mes de Diciembre de cada año y según el monto que hubiese obtenido la Empresa por este concepto a todos los trabajadores y en caso de que no hubiese tal beneficio entonces el dinero a entregar pasaría a ser una bonificación.
En caso de que los trabajadores no estén seguros de que la Empresa no obtuvo Beneficio, estos pueden pedir a la Administración del Impuesto Sobre la Renta, un examen y verificación de los respectivos inventarios y balances para comprobar la renta obtenida en uno o más ejercicios anuales. Esto se puede pedir siempre y cuando haya mayoría de los trabajadores o que representen un 25% de estar afiliados a un sindicato.
El Artículo 183 expone que quedan excluidas de las anteriores disposiciones de este Capítulo:

a) Las empresas comerciales cuyo capital invertido no exceda del equivalente a sesenta (60) salarios mínimos mensuales;

b) Las empresas industriales cuyo capital invertido no exceda del equivalente a ciento treinta y cinco (135) salarios mínimos mensuales; y,

c) Las empresas agrícolas y pecuarias cuyo capital invertido no exceda del equivalente a doscientos cincuenta (250) salarios mínimos mensuales.
Las empresas a que se refiere este artículo estarán obligadas a pagar a sus trabajadores, dentro de los primeros quince (15) días del mes de diciembre de cada año, una bonificación equivalente a por lo menos quince (15) días de salario.
Por último en el Artículo 184 dice que "Los patronos cuyas actividades no tengan fines de lucro estarán exentos del pago de la participación en los beneficios, pero deberán otorgar a sus trabajadores una bonificación de fin de año equivalente a por lo menos quince (15) días de salario".

Bibliografía:

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Vacaciones

Las Vacaciones es una de las obligaciones que tiene el Patrono con el Trabajador, después de una serie de disposiciones legales que se tienen que llevar a cabo, es por ello que hay que hacer referencia a la Ley Orgánica del Trabajo en el Capítulo V en sus artículos del 219 al 235.

Para hacer un resumen sustancioso de estos artículos, primeramente hay que tener en cuenta que todos los trabajadores después de haber cumplido un año initerrumpido de trabajo, gozará de un período de Vacaciones y los años sucesivos tendrán derecho a un día adicional remunerado por cada año de Servicio, hasta un máximo de 15 días.

La época en el que el trabajador deba tomar sus vacaciones anuales será fijada por convenio del trabajador y del patrono. Si no se llegase a un acuerdo, el Inspector del Trabajo hará la fijación.

Es importante resaltar que el pago de las Vacaciones se hará al inicio de las mismas, y deben de cumplirse mientras dure la relación de trabajo y en caso de que se extinga la relación de trabajo el pago debe ser efectuado igualmente. Ahora bien si el trabajador tiene 2 trabajos, las vaciones de las que tiene que disfrutar son las del patrono más antiguo.

El trabajador también puede posponer el goce de sus vacaciones si es conveniente para él mismo, pero no podrá trabajar remuneradamente mientras sea el tiempo de sus vacaciones, y en caso de que el trabajador falte 7 días seguidos se le serán imputados de sus vacaciones.

Bibliografía:

www.monografias.com

http://www.tsj.gov.ve/legislacion/lot.html

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18 noviembre, 2006

El Salario

El salario en Venezuela es un asunto de diaria discusión, se puede observar obreros protestando siempre por una remuneración justa capaz de combatir las alzas de precios que se ven en todo momento.
Los principales sectores públicos (
Educación, Seguridad, Salud, etc.), se ven siempre afectados por los constantes paros o huelgas que realizan los trabajadores debido a que el gobierno siempre falla a la hora de querer ser justo con los sueldos.

Los primeros afectados son, por supuesto los obreros y personas que no tienen más que su salario mínimo para
poder comer, en segundo lugar, somos nosotros los afectados. Y Por menos que sea siempre dependeremos de algunos de estos trabajadores para realizar nuestra vida diaria, ya sea la hora de construir una casa, de querer productos de nuestra tierra, de salvar nuestra vida (ya sea en materia de seguridad o en salud) y de obtener una educación capaz de construir mentes ideales para la formación de nuevas generaciones venezolanas.

Ahora bien, ¿Qué se entiende por Salario? Según la Ley Orgánica del Trabajo en su (ART.133), el Salario es "La remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la presentación de sus servicios y, entre otros, comprende las comisiones, las primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extras, trabajo nocturno, alimentación y vivienda"

El salario constituye el centro de las relaciones de intercambio entre las personas y las organizaciones. Todas las personas dentro de las organizaciones ofrecen su tiempo y su fuerza y a cambio reciben dinero, lo cual representa el intercambio de una equivalencia entre derechos y responsabilidades reciprocas entre el empleado y el empleador.
El salario para las personas los salarios representan una de las complejas transacciones, ya que cuando una
persona acepta un cargo, se compromete a una rutina diaria, a un patrón de actividades y una amplia gama de relaciones interpersonales dentro de una organización, por lo cual recibe un salario. Así, a cambio de este elemento simbólico intercambiable, EL DINERO, el hombre es capaz de empeñar gran parte de sí mismo, de su esfuerzo y de su vida.

El salario para las organizaciones, para las organizaciones los salarios son a la vez un
costo y una inversión. Costo, Porque los salarios se reflejan en el costo del producto o del servicio final. Inversión, porque representa aplicación de dinero en un factor de producción. El trabajo como un intento por conseguir un retorno mayor.

La participación de los salarios en el valor del producto depende, obviamente del ramo de actividad de la organización. Cuanto más automatizada sea la producción (tecnología de capital intensiva), menor será la participación de los salarios y los costos de producción. En cualquiera de estos dos casos, los salarios siempre representan para la empresa un respetable volumen de dinero que debe ser muy bien administrado.

EL SALARIO PARA LA SOCIEDAD: Es el medio de subsistir de una gran parte de la población. Siempre la mayor parte de la población vive del salario.
EL SALARIO PARA LA ESTRUCTURA ECONOMICA DEL PAIS: Siendo el salario, elemento esencial del contrato de trabajo, y siendo el contrato de trabajo uno de los ejes de la economía actual, condiciona a la estructura misma de la sociedad.

Bibliografía

07 noviembre, 2006

LOPCYMAT

LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
Con el Objeto de establecer las normas, lineamientos y las instituciones que permitan garantizar la salud y seguridad a los trabajadores, fue publicado en Gaceta Oficial el 26 de Julio de 2005 la Reforma de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Este Instrumento jurídico forma parte del Sistema Integral de Seguridad Social de Venezuela.

Uno de los elementos más resaltantes de la LOPCYMAT son los Comites de Seguridad y Salud Laboral (CSSL), Así mismo, plantea criterios técnicos actualizados en
materia de higiene, seguridad y ergonomía. También establece los deberes y derechos de los trabajadores y empleadores.

Para el establecimiento de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo deben tenerse en cuenta, entre otros factores, las estadísticas de morbilidad, accidentalidad, mortalidad en el trabajo, horas laborales, tiempo libre, ingresos, estructura familiar, ofertas recreativas y turísticas, así como los estudios epidemiológicos y de patrones culturales sobre el aprovechamiento del tiempo libre, que permitan establecer prioridades para la acción de los entes públicos y privados en defensa de la seguridad y salud en el trabajo.

La Reforma de la LOPCYMAT incorpora elementos como la recreación, el turismo social y el descanso para los trabajadores, como parte del abordaje integral de protección y atención del trabajador, que se desarrollará a través del Instituto Nacional de capacitación y Recreación de los Trabajadores (Incret)

Además contempla sanciones que van de 25 a 100 unidades tributarias por cada trabajador expuesto en caso de infracciones en materia de Salud y seguridad Laboral.

El objeto fundamental de la LOPCYMAT es establecer las instituciones, normas y lineamientos

de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.

De la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo establece en el Artículo 10. El ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo formulará y evaluará la política nacional destinada al control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, la restitución de la salud y la rehabilitación, la recapacitación y reinserción laboral, así como la promoción de programas para la utilización del tiempo libre, descanso y turismo social y del fomento de la construcción, dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura de las áreas destinadas a tales efectos.

Ahora bien se formará un Comité de Seguridad y Salud Laboral el cual establece en el Artículo 46: En todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas, debe constituirse un Comité de Seguridad y Salud Laboral, órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Todos los trabajadores tienen Derechos como los que establece el Artículo 53: Los trabajadores y las trabajadoras tendrán derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuadas. Y entre alguno de los Deberes según el artículo Artículo 54: Son ejercer las labores derivadas de su contrato de trabajo con sujeción a las normas de seguridad y salud en el trabajo no sólo en defensa de su propia seguridad y salud sino también con respecto a los demás trabajadores y trabajadoras y en resguardo de las instalaciones donde labora.

Bibliografía

http://www.monografias.com/trabajos34/prevencion-desastre/prevencion-desastre3.shtml: